25 | Junio | 2022
Dentro de la reforma fiscal aplicable en 2022, algunos de los cambios implementados para este año tienen que ver con el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas y en este artículo te compartimos los detalles:
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) se trata de una simplificación administrativa que, a decir del Servicio de Administración Tributaria (SAT), sirve para que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones fiscales de manera sencilla, rápida y eficaz.
Por otro lado, también prevé la disminución de las tasas de Impuesto Sobre la Renta (ISR) a aquellas personas que no reciben ingresos superiores anuales por 3.5 millones de pesos.
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Este nuevo régimen está orientado a las personas físicas cuyos ingresos facturados son menores a 3.5 millones de pesos anuales y que se encontraran dentro de alguno de estos regímenes:
Se trata de aquellos trabajadores que se encuentran registrados bajo el Régimen de asimilados a salarios. En el caso de estas personas, continúan en el mismo esquema y no realizan ningún cambio, ya que son personas físicas que no pueden tributar en RESICO.
Tampoco pueden formar parte de este régimen las personas físicas que son socios, accionistas, integrantes de personas morales; tampoco los residentes en el extranjero con establecimientos permanentes en el país; ni aquellas que cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.
Los principales beneficios del RESICO para personas físicas son:
La estandarización de las tasas de pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para simplificar el cálculo.
Con esto, el porcentaje de los impuestos es del 1 al 2.5%, de acuerdo con los ingresos de los contribuyentes. Un número positivo si se considera que la tasa promedio de este impuesto anteriormente se ubicaba en 25.4%
Sin embargo, cabe destacar que por este beneficio fiscal, esos contribuyentes no podrán deducir ningún gasto.
Por otro lado, en el caso de las declaraciones informativas mensuales, el SAT se encargará de generar los cálculos de manera automática. El contribuyente sólo tendrá que validarlos y descargar la ficha de pago.
Además, las facturas generadas bajo este régimen entrarán a sorteos realizados por la autoridad tributaria.
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Además de estar inscrito en el RFC, así como tener actualizada la e.firma y el Buzón Tributario, los contribuyentes deberán expedir y solicitar facturas por la totalidad de sus ingresos y egresos.
También deberán pagar los impuestos correspondientes a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior. Durante 2022, este régimen tiene la opción de presentar únicamente la declaración anual, donde estarán incluidos los pagos mensuales correspondientes.
Asimismo, están obligados a presentar la declaración anual durante el mes de abril inmediato posterior al ejercicio fiscal correspondiente.
Estas modificaciones entraron en vigor el 1 de enero de 2022. La autoridad fiscal dio como plazo hasta el 31 de enero de 2022 para cambiarse a dicho régimen o notificar al SAT para permanecer en el Régimen de Incorporación Fiscal.
Los contribuyentes que no realizaron esa notificación antes del 31 de enero, fueron migrados en automático hacia el RESICO.
Es necesario ingresar al portal del SAT con tu clave de RFC y tu contraseña o firma electrónica (e-firma), posteriormente revisar tu constancia de situación fiscal. En la sección Régimen aparecerá aquel al que perteneces.
Cuando sus ingresos anuales excedan la cantidad estipulada de 3.5 millones de pesos, estas personas físicas dejarán de pertenecer al RESICO, pero podrán volver a incorporarse cuando sus números se ajusten en el ejercicio fiscal inmediato anterior, siempre y cuando cuenten con opinión de cumplimiento como positiva.
Por otro lado, según lo estipulado en la reforma, las personas que hayan incumplido con la presentación de declaraciones y obligaciones fiscales, no podrán volver a tributar bajo RESICO. En ese caso, regresarían al régimen que les corresponda, de acuerdo con las actividades que realizan.
Cuando algún contribuyente es dado de baja de dicho régimen, la autoridad fiscal le notifica mediante el Buzón Tributario y sus medios de contacto registrados, respecto del cambio de régimen al que fueron migrados, de acuerdo con la actividad que realizan.
Esperamos que estas preguntas y respuestas sobre el RESICO para personas físicas 2022, te hayan esclarecido tus dudas. Si aún tienes interrogantes sobre casos específicos, el SAT tiene a disposición de los contribuyentes un chat en línea para la aclaración de dudas: http://chat.sat.gob.mx.