22 | Marzo | 2022
Como parte del paquete fiscal para 2022 se propuso un nuevo régimen para cierto tipo de contribuyentes, denominado: “Régimen Simplificado de Confianza”, también conocido como RESICO; en este nuevo régimen fiscal algunos contribuyentes —especialmente pymes que no rebasan los 35 millones de pesos como ingresos en el ejercicio anterior y personas físicas con actividad empresarial cuyos ingresos no superen 3.5 millones de pesos en el mismo periodo— podrán determinar de una manera sencilla, rápida y eficaz el Impuesto sobre la Renta (ISR) sobre la base de flujo de efectivo —tanto para ingresos cobrados por personas físicas y personas morales, así como deducciones efectivamente erogadas tratándose de personas morales—.
Este nuevo régimen surge como una respuesta de apoyo a las pymes tras los problemas económicos que éstas enfrentan a causa de la crisis sanitaria que atraviesa el país.
Además, el nuevo RESICO brinda ciertas facilidades administrativas, ya que —de acuerdo con la iniciativa que propuso este régimen—, no resultaba lógico que el 99.8% de las empresas, entre ellas las pymes, tuvieran las mismas obligaciones y cargas administrativas que las empresas Grandes Contribuyentes.
a) Mayor liquidez: Mediante este nuevo régimen a partir del 2022 las pymes podrán efectuar su pago de impuestos únicamente cuando tengan ingresos por facturación efectivamente cobrada.
b) Adicionalmente, podrán disminuir de los ingresos cobrados los gastos efectivamente pagados, así como inversiones en activo fijo con tasas de deducción mayores que las empresas del régimen general.
c) Facilidades para la determinación y envío de declaraciones provisionales y anual, ya que mucha de la información se encontrará precargada en los aplicativos de la autoridad; pero atención: es importante que aún así toda la información sea verificada y validada por tu contador.
d) Facilidades administrativas para no enviar la contabilidad electrónica de forma mensual a la autoridad fiscal, ni presentar la información de operaciones con terceros (DIOT). Esto no significa que dejes de llevar contabilidad para fines financieros, debido a que la contabilidad es un elemento fundamental que permite a cualquier empresa saber cuál es su situación económica.
Es importante mencionar que también hay ciertas obligaciones para las pymes que tributan en el RESICO desde este año, tales como:
a) Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación
b) Expedir, entregar, obtener y conservar los CFDI por sus ingresos, gastos e inversiones
c) Formular Estado de Situación Financiera (Balance General) y levantar inventario
d) Presentar declaración anual dentro de los primeros 3 meses siguientes al terminar el ejercicio
Recuerda que, si los ingresos de tu pyme no exceden de 35 millones de pesos en el ejercicio anterior, debes tributar en el RESICO a partir del 2022; es decir, el nuevo régimen no es opcional en este caso.
Como vemos, es imprescindible revisar todas las disposiciones de la Ley del ISR relativas al nuevo RESICO para pymes vigente a partir del 2022. Por ello, qué mejor que asesorarte con tu contador y utilizar herramientas tecnológicas contables que te permitan obtener la información financiera, contable y fiscal para el oportuno cumplimiento en este nuevo régimen.