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Puntos clave sobre la Carta Porte que solicita el SAT

6 | Enero | 2023

Actualizado: 5 | Enero | 2024

Puntos clave sobre la Carta Porte que solicita el SAT

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Ahora que la Carta Porte se convirtió en un requisito indispensable para todas las empresas que trasladan mercancías, es importante hacer un recuento de toda la información necesaria para cumplir con los requerimientos de la autoridad fiscal.

Brevemente te recomendamos implementar un sistema de facturación en línea para que asegures una correcta emisión de tus CFDI de Ingreso o Traslado con su respectivo complemento Carta Porte desde donde estés, con la facilidad de ingresar a la herramienta, como Siigo Nube Facturación, desde cualquier navegador con conexión a internet.

Ahora sí, te presentamos un breve repaso sobre los puntos clave del complemento Carta Porte:


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1. Un documento que ampara a las mercancías

 

Con el fin de combatir las prácticas ilegales relacionadas con el traslado de mercancía robada y el contrabando, la autoridad fiscal solicita actualmente, como un requisito obligatorio, emitir un complemento Carta Porte a todas las facturas “tipo traslado o ingreso”, según sea el caso, si se trata de la empresa propietaria de los bienes o del servicio de transporte.

Una forma sencilla de explicarlo es que consiste en un documento que contiene información detallada sobre la procedencia de la mercancía, persona moral o física que envía los bienes y de quien recibe, dirección de origen y destino, descripción de los productos y valor, datos del transportista y medio por el que es trasladada.

Te sugerimos leer: Lo que debes saber de la Carta Porte

 

2. Periodo de transición

 

En mayo de 2021 se publicó la información del complemento Carta Porte, teniendo su entrada en vigor en junio del mismo año. Conforme ha avanzado el tiempo, nos hemos encontrado con una variedad de versiones para el complemento y diferentes fechas de conveniencia y obligatoriedad para su correcta emisión.

En septiembre de 2023 se hizo pública la Carta Porte versión 3.0, iniciando su vigencia en noviembre de 2023, teniendo un periodo de conveniencia con la versión 2.0. Dicho periodo tiene el objetivo de que los contribuyentes se acostumbren a emitir correctamente el documento, siguiendo las guías de llenado respectivo a cada transporte. 

Actualmente, el periodo inició el mismo 25 de noviembre de 2023 que entró en vigor la Carta Porte 3.0, teniendo la opción de emitir la versión 2.0 o la versión 3.0 con errores, sin ser sancionable. Sin embargo, el 31 de marzo de 2024 termina el periodo, iniciando la obligatoriedad sancionable de la Carta Porte 3.0 el 1 de abril de 2024.

3. ¿Quiénes deben emitir el complemento Carta Porte?

 

Los contribuyentes que están obligados a emitir este documento son tanto las personas físicas como morales.

Por un lado, los propietarios de las mercancías que trasladan sus bienes por cuenta propia; también los intermediarios que sean autorizados por las empresas a trasladar los productos, deben emitir las facturas de traslado.

Por otra parte, las empresas de servicios logísticos, es decir, aquellas dedicadas a los servicios de transporte, deben emitir sus CFDI de tipo ingreso con su respectivo complemento Carta Porte, para amparar la mercancía que trasladan de un lugar a otro. En ese sentido, están obligados a trasladar el IVA causado por la prestación del servicio.




4. ¿Qué se necesita para emitir el CFDI con Carta Porte?

 

El SAT puso a disposición de los contribuyentes su propia herramienta para la emisión de CFDI con complemento Carta Porte, incluso cuenta con un instructivo de llenado del CFDI al que se incorpora el complemento mencionado, de acuerdo con las disposiciones fiscales vigentes.

Sin embargo, en los casos donde es necesario emitir facturas de forma masiva, existen herramientas tecnológicas, es decir, software de facturación, que pueden pre configurarse con la información necesaria para emitir los comprobantes, mediante procesos automatizados que resultan mucho más eficientes para las empresas.

 

5. Sanciones por no presentar la Carta Porte impresa o digital

 

Se sancionará tanto la falta de la emisión del complemento, así como errores en su llenado. A continuación, te compartimos algunas de las multas a las que puedes estar sujeto: 

 

 

Te sugerimos leer: Multa por no emitir complemento Carta Porte

 

En Siigo Aspel contamos con los softwares de facturación que necesitas para generar tus CFDI con los complementos que necesites, como la Carta Porte en su versión vigente. De modo que puedas cumplir con las disposiciones de las autoridades de forma fácil y rápida.



 


 

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