12 | Diciembre | 2023

Régimen Fiscal 601: obligaciones y normativa legal vigente

 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece que las personas físicas y personas morales deben registrarse en alguna categoría de los regímenes fiscales para regirse según la situación tributaria y cumplir sus obligaciones fiscales.

Sin embargo, existen varias opciones diferentes dentro del catálogo, pues están las opciones para personas morales y físicas. En este artículo nos enfocaremos en el régimen fiscal 601, el cual forma parte de las categorías para personas morales.

Pero antes de pasar de lleno al régimen fiscal que nos compete, es necesario abordar, de manera superficial, las diferentes opciones que existen tanto para personas físicas como morales.

 

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Regímenes fiscales para personas físicas

De acuerdo con el portal del SAT, las personas físicas pueden elegir entre varias opciones su régimen fiscal, según las actividades empresariales que llevan a cabo. Aquí te presentamos las principales:

 

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO):

Para las personas que realicen actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso temporal de bienes. Y sus ingresos anuales no excedan los 3.5 millones de pesos.

 

Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas:

Da la facilidad de cumplir con las obligaciones fiscales puesto que las plataformas retienen, de manera automática, el ISR e IVA, pagándoselo directamente al SAT. Además que no son necesarias las declaraciones mensuales. Sin embargo, los ingresos anuales no deben exceder 300 mil pesos.

 

Servicios profesionales:

Paras las personas físicas que prestan servicios profesionales independientes y obtienen ingresos por honorarios.

 

Régimen de arrendamiento:

Para quienes sean dueños de un bien inmueble y autorizan a otras personas que lo usen, a cambio de un monto periódico. Es decir, que lo pongan en renta.

 

Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales:

Bajo este régimen fiscal deben tributar aquellas personas que obtienen ingresos, sin importar el monto, por:

 

Régimen de sueldos y salarios:

Es el régimen fiscal que funciona para los trabajadores formales, que se encuentran recibiendo un sueldo y prestaciones por parte de un patrón.

 

Regímenes fiscales para personas morales

Ahora, para las personas morales, nos encontramos con:

Régimen fiscal general (601): para las personas morales o sociedades con fines de lucro.

Régimen fiscal sin fines de lucro: aquellos que no busquen una ganancia económica. Dentro de este régimen fiscal podemos encontrar a instituciones benéfica, sociedades de inversión, entre otras.

 

¿Qué es el Régimen Fiscal 601?

 

El régimen fiscal con el cual las personas fiscales se dan de alta depende del tipo de actividad económica que realice. Sin embargo, el régimen fiscal 601 o régimen General de Ley Personas Morales es el más común entre las empresas o sociedades con fines de lucro.

Dentro de este régimen fiscal se pueden encontrar:

 

 

¿Cuáles son las obligaciones fiscales del régimen fiscal 601?

 

El SAT establece una serie de obligaciones fiscales específicas para cada régimen fiscal. En cuanto al Régimen General de Ley Personas Morales, sus obligaciones son:

Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC): es el primer paso para que las personas morales empiecen sus operaciones fiscales.

Emitir facturas electrónicas: para respaldar legalmente las transacciones comerciales.

Contabilidad electrónica: implica registrar las operaciones financieras de forma electrónica.

Declaraciones mensuales y una anual: se refiere a las declaraciones mensuales de impuestos, como el ISR e IVA, además de la declaración anual que resume las actividades fiscales del ejercicio.

Declaración Informativa de Operaciones con Terceros: informa de las operaciones realizadas con terceros, detallando montos y características de las transacciones.

Declaraciones informativas anuales: incluyen la Declaración Informativa Múltiple y la Declaración Informativa en formato Multi.IPES, que proporcionan información adicional sobre operaciones y actividades.

Préstamos y aportaciones: deben informar al SAT los préstamos y aportaciones recibidos, dado que pueden llevar implicaciones fiscales.

Retención de impuestos (ISR e IVA): en el pago de salarios y expedir el CFDI correspondiente.

Estado de posición financiera e inventario de existencias: debe preparar y mantener actualizado un estado de posición financiera que refleje su situación económica y un inventario de existencias que detalle los bienes que posee.

Utilidad fiscal y PTU: conocer la utilidad fiscal es indispensable para el cálculo de impuestos. Además, el cálculo y distribución de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es una obligación de todas las personas morales.

Control de inventarios: mantener un registro preciso y actualizado de los inventarios.

 

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¿Que uso de CFDI corresponde al Régimen 601?

 

Para el régimen fiscal 601 tenemos usos específicos de CFDI, puesto que en la nueva versión 4.0 se valida que el uso seleccionado corresponda al régimen del recepto. A continuación, te lo compartimos:

 

 

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Normativa legal aplicable al Régimen Fiscal 601

 

Adicional a las obligaciones a las que se ve sujeto este régimen fiscal, podemos encontrarnos con algunas especificidades destacadas, relacionadas con las normativas que deben seguir.

Por ejemplo, en el régimen general la adquisición de mercancía o insumos no se considera para la deducción de impuestos, sino la venta de los mismos.

Además, el cálculo por inflación se realiza cuando una empresa tiene más deudas por pagar que créditos por cobrar. Pero el ajuste anual por inflación puede ser deducible cuando se tiene más créditos por cobrar que deudas por pagar.

 

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