30 agosto
De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se amplía hasta el 31 de diciembre de 2022 el plazo sin sanciones ni multas por la incorrecta emisión del CFDI con Complemento Carta Porte (CCP) que integra información relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como lo referente al medio por el que se transportan; ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial.
Con este anuncio, una de las preguntas que han surgido en torno a esta disposición fiscal, es en qué casos las empresas están obligadas a cumplir y en qué situaciones están exentas. Para aclarar este punto, Luis Velasco, especialista contable en Siigo Aspel menciona que es necesario considerar tres puntos esenciales:
En temas fiscales, cuando se habla de bienes, se hace referencia al “conjunto de muebles de una persona, los cuales integran su patrimonio”1; y las mercancías son los “productos o artículos del que puede disponerse para su venta”1. El CCP puede aplicar para el traslado de ambos elementos, el detalle está en el tipo empresas o personas que van a trasladarlos.
Aquellos contribuyentes obligados a emitir Complemento Carta Porte son:
Determinar en qué casos las empresas y personas están liberadas de la emisión del CCP, también dependerá de la vía de traslado. “Quienes transporten bienes o mercancías en alguna zona local usando vehículos de carga ligera con características menores a las de un camión tipo “C2”, no están obligados a contar con un CFDI de “Ingreso” o “Traslado” ni con Complemento Carta Porte, siempre y cuando en el trayecto no se transite por algún tramo carretero federal mayora a 30 km”, señala Velasco.
Para entender mejor este último punto, los tramos carreteros federales son aquellos que están a cargo del gobierno federal y proporcionan acceso y comunicación a las principales ciudades, fronteras y puertos marítimos del país. Por otro lado, las vías locales se ubican dentro de un estado, comunidad, localidad o entre estados de territorio nacional.
Como recomendación final, Luis Velasco invita a las pequeñas y medianas empresas a tener actualizados y preparados sus sistemas administrativos y contables para que puedan emitir su Complemento Carta Porte sin complicaciones, en tiempo y forma; sólo así podrán evitarse multas o sanciones por parte de las autoridades , ya que la facilidad otorgada no representa una prórroga para la emisión de este complemento, por lo que el mismo deberá emitirse desde ahora aun con errores no sancionables por lo que resta de 2022.