Consulta las preguntas frecuentes

Encuentra una respuesta eficaz a las incidencias más comunes en el uso y funcionamiento de los Sistemas y Apps Aspel.

3.- ¿En qué consiste el apéndice 7?

El apéndice 7 describe el proceso para generar el ajuste del subsidio causado en el CFDI de nómina cuando se le entrego un excedente de Subsidio al empleo obtenido por el cálculo de ISR ya final de mes resulta que por el total de ingresos sólo se debía retener ISR y no haber pagado Subsidio al empleo.

4.- ¿En que nómina puedo ver los ajustes del apéndice 7?

Los ajustes del subsidio causado siempre se podrán observar en la ultima nómina que corresponde al mes con el tipo de cálculo “Ajustado”.

5.- ¿Por qué en la segunda nómina quincenal en ISR en el recibo aparece con signo negativo?

El ISR aparece en negativo debido a que en la primer nómina al trabajador se le retuvo de más un ISR, por lo tanto en la siguiente quincena se compensa con valor negativo, y en el CFDI se podrá encontrar en el nodo otros pagos con la clave SAT 001 (Reintegro de ISR pagado en exceso). 

6.- ¿Dónde es posible localizar el archivo que contiene el resultado del timbrado masivo, para validar si existe algún detalle con un recibo en particular?

Se encuentra en la ubicación por omisión: C:\Program Files (x86)\Common Files\ Aspel\ Sistemas Aspel\ NOI9.0/ DatosXX/ Comprobantes/ LogsMasivo.

7.- ¿Cómo se recomienda configurar el tipo de cálculo en una nómina?

Para las nóminas siempre se debe considerar el tipo de cálculo “Mensual” y “Ajustado” y en la última nómina del año con el tipo de cálculo “Anual”

Consulta el documento: N009. Cálculo de ISR mensual, ajustado y anual en Aspel-NOI 9.0.

8.- El trabajador tiene registradas faltas todo el periodo. Al momento de timbrar su recibo aparece el siguiente mensaje: "Error en el servicio de timbrado ASPEL : NOM 151 - El nodo Nomina no tiene TotalPercepciones y/o TotalOtrosPagos." ¿Qué se debe hacer?

Cuando no existe un pago al trabajador NO se debe emitir el CFDI. La obligación de emitir el comprobante se genera por el hecho de hacer el pago de sueldos y salarios, entendiéndose por este las percepciones, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al empleado por su trabajo.

9.- ¿El timbrado masivo y cancelación masiva es posible contratarlos con proveedores diferentes a Aspel?

El servicio de timbrado masivo y cancelación masiva, es un servicio exclusivo de Aspel.

10.- Cuando la forma de pago del trabajador es efectivo, ¿qué datos deben indicarse en la sección depósito de nómina?

La sección depósito de nómina no debe tener ningún carácter, salvo en el campo Banco operador con el valor cero.  

11.- Al timbrar el recibo aparece método de pago PUE, ¿Es correcto?

Sí, la autoridad requiere que este campo sea PUE (Pago en una sola exhibición).

13.- La periodicidad de la nómina es decenal. ¿Es posible realizar el timbrado de este tipo de nómina en Aspel-NOI? ¿Qué se debe hacer?

Sí es posible realizar el timbrado de nóminas decenales con Aspel-NOI. Configura la nómina semanal en Nómina > Parámetros de la nómina. Para obtener más información al respecto, comunícate a la línea de soporte técnico (55) 8000 9480.

14.- Se dio de alta un movimiento a la nómina en el trabajador, ¿por qué no se visualiza en el recibo?

Ingresa al menú Nómina > Percepciones y deducciones, en el detalle de la percepción o deducción valida que el estatus sea “Alta”.

15.- ¿Cuál es la versión del complemento de nómina actual?

El complemento vigente es 1.2.

16.- Para timbrar una nómina de Reparto de PTU en periodicidad ¿qué se debe colocar?

De acuerdo a la estructura del SAT éste es un dato abierto, puede colocarse la forma en que se establece el pago del salario: diario, semanal, quincenal, catorcenal, mensual,  o bien como el pago de PTU se realiza anualmente se sugiere colocar Anual.

17.- ¿Cuál es el fundamento legal para el timbrado de recibos de nómina?

De acuerdo con lo que establece el Art. 94 de la LISR, los contribuyentes tienen la obligación de expedir y entregar el CFDI a las personas que reciban pagos por concepto de ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado.

Así mismo, en el Art. 28 de la misma LISR, se indica que los contribuyentes que realicen pagos por concepto de ingresos por salario y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, podrán deducirlos siempre que el pago, las retenciones y las deducciones de impuestos locales estén incluidos en un CFDI.

18.- ¿Tengo que adquirir un servicio de timbrado para mis recibos de nómina?

Si, Aspel ofrece dos formas para la contratacion del servicio de timbrado:

a) En Suscripción: el timbrado y cancelación de los comprobantes emitidos es ilimitado y funcionará para las  99 empresas o RFC registrados en el Sistema, siempre y cuando se realiza con la opción de timbrado 1x1. Si se desea realizar el timbrado de forma masiva, se debe contratar el servicio de timbrado.

b) Compra: el Sistema Aspel-NOI,  requiere la contratación del servicio de timbrado por cada empresa o RFC registrado en el Sistema. Para el caso del servicio de timbrado, la vigencia de los timbres es de un año.

 

19.- ¿Cómo actualizo las tablas en Aspel-NOI?

  • Ingresa a la página de Aspel, descarga el archivo de las tablas desde la sección Soporte > Tutoriales, en el apartado de Aspel-NOI.

 

  • Para actualizarlas en Aspel-NOI, ingresar al menú Archivos >Tablas del sistema y da clic en el icono “Importar tablas desde archivo” donde te permitirá alimentar automáticamente las tablas actualizadas previamente descargadas.

21.- ¿Por qué se está calculando incorrectamente el SDI (Salario Diario Integrado)?

Para determinar el SDI intervienen varios parámetros, los cuales se tienen que verificar:

a) En menú Configuración / Parámetros de la nómina/ Retención IMSS, revisar: Forma de Cálculo del SDI, Validar para Retención IMSS y Días a considerar para la parte variable del SDI.

b) Dentro de los datos de Salario del trabajador (Archivos / Trabajadores / Catálogo de Trabajadores / Pestaña Salario), verificar la Base de cotización asignada: Fija, Mixta o Variable. Revisar la tabla Sal. Diario I. asignada al trabajador. En ella se especifican los días de Prima Vacacional y Días de Aguinaldo con base a la antigüedad del empleado.

c) Revisar  en las percepciones Sueldo, Prima Vacacional y Aguinaldo, así como en todas las demás percepciones que se le paguen al trabajador, el Parámetro de Tipo de Percepción (que puede ser Fija o Variable).

22.- ¿Por qué los acumulados de los trabajadores están incluyendo los montos pagados del año anterior?

Porque no se generó el Corte Anual en la primer nómina del año.

23.- ¿Cómo se consultan los cálculos para determinar la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR)?

Los cálculos que el Sistema realiza, se consultan en el recibo del trabajador, en la barra de herramientas de la consulta muestra el ícono "Desglose del ISR", al presionarlo desglosará dichos cálculos.

24.- ¿Cómo se obtiene el reporte de acumulados de percepciones y deducciones que ha recibido el trabajador?

Se puede obtener desde:

a) El menú de Reportes /Acumulados por Per./Ded.

b) El menú: Procesos / Acumulado de nóminas, donde se deberán indicar los datos necesarios para obtener los acumulados que requiera.

25.- Al revisar el cálculo del SDI en el sistema, no cuadra con el cálculo que se genera manualmente.

El Sistema considera las prestaciones mínimas de ley para el cálculo del SDI, las cuales son: sueldo, aguinaldo y prima vacacional, La fórmula que emplea el Sistema para determinar el Salario Diario Integrado es en base a Factor del Período y se realiza de la siguiente manera:

Sueldo = Salario Diario X Días Trabajados

Prima Vacacional = Días de Vacaciones X % Prima Vacacional / Días del Año X Salario Diario X Días Trabajados

Aguinaldo = Días de Aguinaldo / Días del Año X Salario Diario X Días Trabajados

SDI = Sueldo + Prima Vacacional + Aguinaldo / Dias Trabajados

26.- ¿Cómo se manejan nóminas semanales y quincenales de una sola empresa en Aspel NOI?

a) Creando dos directorios de trabajo, en uno se manejarán las nóminas semanales y en otro las quincenales. Cuando se ingrese al Sistema se debe indicar el directorio de la nómina en la que se desea trabajar.

b) Dar de alta en el Sistema dos empresas con la misma razón social, para que una maneje las nóminas semanales y otra las quincenales.

28.- Al revisar los acumulados de trabajadores, muestra más días de los laborados en el ejercicio actual.

Se debe verificar si se realizó el corte anual, ya que si no se realiza éste proceso, el Sistema presentará el acumulado de todos los períodos generados en el Sistema.

29.- ¿Por qué al generar el Proceso de Reparto de PTU no aparecen correctos los cálculos?

Esto ocurre cuando no se genera el corte anual o al comparar con el cálculo manual no están involucrados los mismos factores. Te recomendamos consultar los documentos: "Asegurando un correcto reparto de utilidades" y "Reparto de Utilidades con Aspel-NOI 8.0" para obtener más información al respecto.

30.- ¿Cómo se realiza el corte anual?

a) Realizar un respaldo de la información de la empresa en donde se realizará el corte anual.

b) Acceder a la primer nómina del año, emitir reportes necesarios y correr el proceso de corte anual desde  el menú Procesos / Corte anual.

c) Estando en esa nómina, correr el traspaso de acumulados desde la primera nómina del año hasta la última nómina procesada.

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